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INGRESOS SUFICIENTES
La realidad social del año 2007 en la que se aprobó la Ley de Renta Básica de Inserción y años después su Reglamento, es muy distinta a la que estamos viviendo en estos momentos. Para poder afrontar esta situación tan extraordinaria, es urgente contar con un sistema de garantía de rentas mínimas que asegure el que “nadie se quede atrás”.
Tras el inicio de la crisis del COVID-19, se han produciendo situaciones de extrema urgencia, de familias que carecen de los recursos para poder cubrir las necesidades básicas de alimentación y que debido a la situación de confinamiento no han podido contar con su red de apoyo, si es que la tenían.
Personas, que subsistían con empleos y actividades no reguladas, no acceden a las ayudas ofrecidas. Han aumentado también, las familias que se han quedado sin ingresos (venta en mercados, empleadas de hogar, personas con empleos precarios que han sido despedidas…) que tenían con anterioridad una economía de subsistencia muy frágil y no pueden ni podrán hacer frente a las necesidades básicas ni a otros gastos fundamentales.
Muchos hogares no han contado con los medios necesarios para el cuidado e higiene personal, para el cuidado de personas mayores y para afrontar el cuidado de personas infectadas en las condiciones que marcan los manuales. Es en estos hogares donde se da la casuística de encontrarse personas enfermas y con más patologías crónicas. Algunas de estas viviendas no tienen acceso a los suministros básicos de agua, electricidad y gas.
Todas las personas en situación de pobreza y/o exclusión social deben de disponer de las ayudas y prestaciones necesarias para cubrir sus necesidades básicas y poder hacer frente a los gastos fundamentales para garantizar una vida digna. Además la Comunidad Autónoma debe velar por la homogeneidad territorial de las ayudas y prestaciones en cuanto a cobertura y requisitos. No podemos permitir que vivir en un municipio u otro sea garante de derecho o no.
Desde la Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social en el Estado Español y todas sus redes autonómicas, consideramos fundamental disponer de un ingreso digno como derecho fundamental para la vida y el bienestar humano, siendo requisito indispensable para que las personas puedan participar y contribuir a la sociedad en la que viven.
Además conocemos que este tipo de prestación, y así lo avala el conocimiento científico, no desactiva la búsqueda de empleo, y tiene un retorno e impacto positivo a la sociedad – mediante los impuestos indirectos de los bienes y servicios adquiridos por las personas beneficiarias- mostrando la evidencia, de que este tipo de políticas y medidas son una inversión y no un gasto.
Por esto apostamos por el Ingreso Mínimo Vital a nivel estatal como renta orientada a combatir la desigualdad estructural, que permita la realización individual y familiar, gestionada por los Servicios de Empleo o por la Seguridad Social y que se articule de manera complementaria a la prestación de ingreso mínimo a nivel regional (renta básica de inserción en este momento y renta garantizada en el futuro).
Ante esta situación proponemos:
- Ayuda económica o prestaciones de emergencia COVID-19: las corporaciones locales, en colaboración con las Comunidad Autónoma, facilitarán el acceso a las personas y familias a prestaciones que garanticen sus ingresos para cubrir sus necesidades básicas y pagos del alquiler y suministros, mientras no les sea posible desarrollar sus actividades económicas habituales y no tengan acceso a la Renta Básica o en su caso al Ingreso Mínimo Vital. Estas ayudas extraordinarias deben articularse con la urgencia que requiere este contexto.
- Familias con menores que no perciben ayuda de comedor escolar: ayuda de comedor para aquellos menores, escolarizados o no, en situación de pobreza ocasionada por la crisis, que no la recibían con anterioridad.
- Banco de alimentos u otras ayudas materiales: entregas de ayuda alimentaria y kits de higiene y limpieza. Solo como complemento de todo lo anterior, procurando la dignidad de las personas y/o familias, y priorizando si es posible la entrega de tarjetas de compra en establecimientos.
Sigue siendo necesario, tal y como reflejábamos en el II Pacto de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social de la Región de Murcia:
- Elaboración de una Ley de Renta Garantizada[1] estando en consonancia con el Pilar Social Europeo[2], con complementariedad al Ingreso Mínimo Vital, en donde se abandone el principio de subsidiariedad de la renta y se refuerce el doble derecho: por un lado el derecho a unos ingresos mínimos que aseguren una vida digna y, por otro lado, el derecho a participar, de forma voluntaria, en itinerarios de inclusión social que permitan la vuelta o la entrada al mundo laboral a personas que han estado fuera del mismo y que recoja estas premisas:
- Mientras exista la situación de necesidad o precariedad económica de la persona receptora debe de existir el derecho a la prestación.
- Ningún proceso de inserción social que esté condicionado, como contraprestación a la percepción de una ayuda económica, puede ser una fórmula real válida que sirva para iniciar un proceso que derive en un verdadero cambio. Todas las personas, independientemente de sus circunstancias, tienen derecho a cubrir las necesidades vitales de forma digna.
- Garantizando el 100% de las solicitudes que cumplan los requisitos, sin dejar a nadie fuera por limitaciones presupuestarias.
- Compatible con otras ayudas (para alimentos, para alquiler o facturas, becas de formación…).
- Con estímulos en forma de complementos si se entra en algún proceso de inclusión, así como establecer un sistema de incentivos laborales.
- Debiéndose garantizar la inmediatez del derecho, agilizando los tiempos de respuesta y simplificando la tramitación administrativa para no agravar la situación de las personas.
- El importe de la prestación de al menos el 100% del IPREM y relacionado con el Salario Mínimo Interprofesional.
- En tanto, que la Ley de Renta Básica de Inserción actual garantice:
- El acceso al 100% de las solicitudes que cumplan los requisitos, como derecho subjetivo reconocido por la Ley con presupuesto suficiente.
- Definición de criterios claros y objetivos para la valoración de las prórrogas de la RBI.
- Simplificación administrativa.
- Mejora en la cuantía, que responda al coste de vida real de nuestra comunidad.
- Articulando los recursos necesarios que garanticen unos adecuados proyectos individuales de inserción a la nueva realidad.
- No permitir periodos de carencia en la renta. Asegurar que ningún murciano tiene ingreso cero.
- Desarrollo de las funciones de la Comisión de Seguimiento y de la Comisión de Coordinación.
[1] http://www.eapnmurcia.org/wp/wp-content/uploads/2017/03/De-la-Renta-B%C3%A1sica-a-la-Renta-Garantizada-definitivo.pdf
[2] Pilar Social Europeo de Derechos Sociales se basa en tres ideas clave: el acceso al empleo de calidad, el acceso a servicios y prestaciones sociales de calidad y un sistema de Rentas Mínimas. En lo que respecta a Rentas Mínimas, el Pilar recoge en su principio 14 lo siguiente: “Toda persona que carezca de recursos suficientes tiene derecho a unas prestaciones de renta mínima adecuadas, que garanticen una vida digna a lo largo de todas las etapas de la vida, así como el acceso a bienes y servicios de capacitación”. Recomendación (UE) 2017/761 de la Comisión, de 26 de abril de 2017.
VIVIENDA
La vivienda y la vulneración del derecho a la misma han tenido un papel particularmente protagonista durante el transcurso de la crisis económica de la última década. El estallido de la burbuja inmobiliaria se materializó en la crisis de los desahucios. No obstante, a pesar de la notoriedad de este gran problema social, los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad, constituyen tan sólo “la punta del iceberg” de un fenómeno mucho más complejo denominado exclusión residencial, que ha de constituir el marco de referencia para el desarrollo de las futuras políticas públicas de vivienda y la planificación urbana de nuestras ciudades, promoviendo que todas las personas de nuestra Región, y en particular, las personas en situación de pobreza, vulnerabilidad o exclusión social dispongan de una vivienda y un entorno adecuados a sus necesidades socio-familiares, tal como se señala en el principio 20 del Pilar Europeo de Derechos Sociales.[1]
En el momento de crisis sanitaria, con el estado de alarma, se han ratificado los análisis y propuestas que señalábamos en relación a la inclusión residencial, dejando ver más claramente la problemática de la vivienda en la Región.
En este contexto muchas personas con vulnerabilidad múltiple: adicciones, salud mental, personas de edad avanzada, personas con discapacidad,… no han dispuesto de una vivienda adecuada donde confinarse.
Es elevado el número de infraviviendas y hogares sin acceso a los suministros básicos. Es especialmente reseñable el no tener acceso al agua en los momentos de confinamiento donde es necesario implementar medidas de higiene y sanitarias para evitar el contagio. También las necesidades de comunicación con el exterior deben considerarse básicas y las carencias en estos hogares son importantes en lo relativo a conectividad (acceso a wifi, dispositivos para conectarse a Internet…).
Siguen viviendo muchas personas en la calle y en asentamientos, sin recurso residencial asignado, pese a los esfuerzos de las administraciones públicas y las entidades sociales.
Los asentamientos se encuentran dispersos, sobre todo, por la zona de huerta de los municipios de Murcia, Torre Pacheco y Cartagena. Son “núcleos poblacionales” “invisibilizados” y de gran relevancia en nuestra Región debido a la escasez de vivienda adecuada en el mercado libre de alquiler y el incremento continuado del requerimiento de mano de obra por parte de nuestra industria hortofrutícola, comúnmente conocida como “La Huerta de Europa”. En estos espacios malviven personas en situación de máxima vulnerabilidad: sinhogarismo, personas extranjeras muchas de ellas en situación de irregularidad administrativa, pobreza extrema, agudizada por la imposibilidad de realizar actividad laboral alguna, muchas de ellas catalogadas dentro de los grupos de riesgo frente a la enfermedad.
Ante estas situaciones proponemos:
- Continuidad en la atención a personas sin hogar y los recursos apropiados para el cumplimiento de sus necesidades, el acompañamiento y la integración social.
- Ante escenarios en los que pueda reactivarse la pandemia, es preciso garantizar la implementación de las medidas de higiene y sanitarias para evitar la propagación de la infección o, ante situaciones extremas, la provisión de alojamiento alternativo en caso de que fuera necesario para evitar la propagación del virus y de las patologías asociadas.
- Asegurar que toda la población tiene la posibilidad de llevar a cabo las medidas preventivas de confinamiento y distancia social impuestas por el estado de alarma.
- Garantizar el acceso a suministros básicos para toda la ciudadanía: restableciendo o proporcionando estos servicios de agua y luz en todas aquellas viviendas o asentamientos durante el estado de alarma. También garantizar como suministro básico la conectividad (acceso a wifi y dispositivos para conectarse a internet,..).
- Incrementar el parque público de vivienda de alquiler, de manera coordinada con las entidades sociales de lucha contra la pobreza y exclusión de la Región de Murcia. Y flexibilizar los requisitos del programa de ayudas de alquiler para minimizar el impacto económico y social del COVID 19 en los alquileres, que también contemple el dar cobertura a las personas que tienen alquilada una habitación.[2]
- Implementar medidas como la reconversión de las promociones desocupadas de vivienda pública en régimen de venta y las viviendas privadas de grandes entidades bancarias o de la SARED, en vivienda para alquiler social. Esto evitaría por una parte la pérdida de patrimonio público y fomentaría el acceso y mantenimiento de las viviendas por las personas que lo necesiten y dotaría a las Administraciones de un mayor parque de vivienda. El elevado número de viviendas vacías es un recurso potencialmente disponible que las autoridades públicas pueden usar para garantizar el derecho a una vivienda. La generación de un parque de viviendas en alquiler asequible a través de incentivos, permitiría dar respuesta a una serie de problemáticas residenciales no cubiertas, que incluye a las personas que no pueden costear un alquiler de mercado por no cumplir con los requisitos que dicho mercado establece (aval, nómina, contratos indefinidos, etc).
Sigue siendo necesario, tal y como reflejábamos en el II Pacto de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social de la Región de Murcia:
- Implementación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia y su desarrollo reglamentario, manteniendo el servicio de mediación hipotecaria y de la vivienda.
- Desarrollo de una investigación a nivel autonómico para conocer la magnitud del fenómeno de la exclusión residencial contemplando todas sus manifestaciones y colectivos afectados[3].
- Elaboración de una estrategia marco autonómica integral de lucha contra la exclusión residencial con medidas específicas para combatir el fenómeno en todas sus manifestaciones, conectada con la Estrategia Regional de Prevención y Lucha contra la Pobreza y Exclusión Social , y las diferentes Estrategias estales que cuente con una dotación presupuestaria específica y que constituya la referencia para las políticas públicas de vivienda a nivel autonómico y local (futuro Plan de Vivienda: planificación territorial inclusiva y sostenible; Agenda Urbana Regional vinculada a la Agenda Urbana Española y a los ODS 2030; Planes de ordenación urbana y planes de vivienda de los distintos ayuntamientos en la Región).
Recordamos las principales medidas que debe incluir dicha Estrategia marco:
- Ampliación de la oferta de vivienda pública social, que converja con la media europea. De esta manera, se promoverá que la administración disponga de un stock de vivienda suficiente[4] que permita, junto con medidas específicas de intervención y acompañamiento social, prevenir situaciones de exclusión residencial severa y combatir las existentes:
- Reducción del sinhogarismo, el chabolismo y la infravivienda
- Reducción de los asentamientos irregulares,
- Promoviendo por las Administraciones soluciones residenciales para atender realidades de urgencia social enfocadas desde la respuesta de una vivienda normalizada en el entorno comunitario.
- Rehabilitando, aumentando la eficiencia energética y garantizando la accesibilidad, especialmente de las viviendas con niños/as, personas con discapacidad, ingresos bajos y medios (según composición del hogar).
- Eliminando la pobreza energética e hídrica, en el marco competencial Regional.
- Contribuyendo en la reducción del sobreesfuerzo en coste de la vivienda habitual de la población utilizando como umbral de referencia, el 30% de los ingresos netos del hogar.
- Garantizando que la población de las zonas rurales tenga infraestructura de servicios suficientes para una vida digna.
- Desarrollando medidas de regeneración urbana sostenible, en espacios rurales y urbanos particularmente deteriorados socioeconómicamente, promoviendo la participación de sus habitantes, y luchando contra el fenómeno de la gentrificación.
- Impulsando planes integrales e integrados en las políticas públicas para el desarrollo de barrios y zonas desfavorecidas y especialmente degradadas, con proyectos y actuaciones a medio y largo plazo que tengan un impacto real en la problemática estructural del territorio.
[1] Principio 20 del Pilar Europeo de Derechos Sociales, “Toda persona tiene derecho a acceder a servicios esenciales de alta calidad, como el agua, el saneamiento, la energía, el transporte, los servicios financieros y las comunicaciones digitales. Debe prestarse a las personas necesitadas apoyo para el acceso a estos servicios
[2] Estas medidas conectan con las modificaciones del Plan Estatal de Vivienda 2018-21 contempladas en la Orden TMA/336/2020 de 9 de abril, que si bien, se plantea en plena crisis de COVID 19, contempla medidas que afectan al plan estatal.
[3] El estudio abordará la situación de todos los colectivos agrupados en la Categoría ETHOS elaborada por FEANTSA cuyas cuatro definiciones elementales son: sin techo, sin vivienda, vivienda insegura y vivienda inadecuada.
[4] Para “ofrecer una solución habitacional adecuada a las personas y familias que se encuentran en situación de calle, infraviviendas y asentamientos ilegales, en proceso de desahucio o lanzamiento de vivienda habitual” Dictamen del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, de 1 de julio de 2017 y la aplicación de la legislación vigente en materia de prevención de la exclusión residencial severa como La Ley 6/2015, de 24 de marzo, de Vivienda de la Región de Murcia